El diputado Miguel Peña Chávez presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa para adicionar una fracción al artículo 219 del Código Penal de Baja California, con el objetivo de que aquellas instituciones educativas que no cuenten con validez oficial sean objeto de mayores sanciones.
Al señalar los motivos de esta iniciativa el legislador comentó que las llamadas escuelas ‘patito’ viven un boom en México y que cada año se revocan en promedio mil 180 programas de licenciatura, pero aparecen 2 mil más que generalmente son planes con escasa calidad académica.
Expresó que cuando se intentaba resolver interrogantes sobre las ventajas y desventajas de la educación pública con respecto a la privada y cómo generar un modelo educativo de calidad, se presentan en nuestro país muchas instituciones educativas fraudulentas, sin la calidad en la educación, la validez en sus programas de estudio, los registros y permisos correspondientes para poder brindar el servicio educativo.
El diputado, manifestó que la Ley General de Educación otorga a los prestadores de servicios educativos particulares (se trate de personas físicas o morales) la facultad de impartir educación en todos sus tipos y modalidades.
Indicó que para tal propósito, las instituciones educativas particulares de los niveles: preescolar, primaria, secundaria y normal, deben tramitar y obtener la autorización del Estado. En el caso de estudios distintos, sea bachillerato o universitarios y de posgrado, estos pueden obtener el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, mejor conocido como (RVOE).
Peña Chávez, mencionó que un problema relacionado con la falta de RVOE es el fenómeno de las “escuelas patito”, en el que determinadas instituciones se acogen a una aparente contradicción que se estipula en el artículo 59 de la Ley General de Educación.
Refirió que en Baja California recientemente se dio un caso en particular que afectó alrededor de 400 alumnos del Centro de Asesorías Técnicas (CEATT), quienes exigen la devolución de su dinero debido a que la escuela no cuenta con los permisos correspondientes para operar, por lo que los certificados que expidieron de conclusión de estudios son inválidos ante la Secretaría de Educación Pública.
Dio a conocer que la propuesta legislativa planteada consiste en que se sancione por el delito de fraude al prestador de servicios educativos particulares que a sabiendas de que no tiene autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios conforme a la ley aplicable, manifieste en su publicidad o documentación tenerlo, no lo manifieste o argumente que se encuentra en proceso de reconocimiento o autorización.