La revisión que hacen las tiendas de autoservicio de los comprobantes de compra de sus clientes es contraria al artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que prohíbe a los proveedores de bienes o servicios llevar a cabo prácticas que atenten contra la libertad, seguridad o integridad personales, bajo pretexto de registro.
En consecuencia, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) llamó a la Asociación Nacional de Tiendas Departamentales (ANTAD) a detener la revisión de estos comprobantes de compra en los establecimientos comerciales afiliados, toda vez que es un acto de molestia injustificado al consumidor.